Geological Characterization Services

Servicios de análisis de rocas y fluidos en laboratorio y en pozo

Política de anticorrupción

I. Objetivo y Alcance

Petricore Limited y filiales o subsidiarias bajo su control (denominadas colectivamente “Petricore” o la “Empresa”), se compromete a realizar todas sus actividades empresariales en cumplimiento de los más altos estándares de ética empresarial y de la legalidad vigente, y confía en que todos los empleados y demás terceros que actúen en su nombre respeten este mismo compromiso. De acuerdo con este compromiso, la Empresa ha adoptado esta Política de Anticorrupción (la “Política”), aplicable a todos sus consejeros, directivos, colaboradores, agentes, representantes y demás terceros relacionados con la Empresa (colectivamente “Personal de la Empresa” o “Personal”).

La Empresa mantiene un principio de tolerancia cero contra prácticas ilegales o no éticas como son los sobornos, comisiones ilegales, pagos de facilitación o corrupción de cualquier tipo, ni directamente ni a través de terceros, tanto si se prohíbe expresamente en esta Política o en la legislación, como si no. El Personal de la Empresa no está autorizado a dar u ofrecer nada de valor (incluidos obsequios, atenciones o entretenimiento) a nadie, con el fin de obtener o conservar indebidamente una ventaja comercial. Del mismo modo, el Personal de la Empresa no podrá solicitar ni aceptar este tipo de pagos indebidos.

Esta política está diseñada no solo para ayudar a los empleados a que realicen sus funciones conociendo y cumpliendo con los estándares éticos más altos, las leyes y las normas aplicables. También, Petricore busca desarrollar una cultura de cumplimiento y comportamiento ético en todo su Personal, de tal forma que al momento de tomar decisiones puedan ser capaces de reconocer aquellas conductas que afectan a Petricore y su reputación y actúen en consecuencia.

Esta Política y los controles establecidos en ella se han diseñado para evitar que se produzcan sobornos o cualquier otro tipo de corrupción, evitar conductas indebidas y permitir a la Empresa responder, de forma rápida y efectiva, ante cualquier consulta sobre su conducta o la de su Personal. Específicamente, los colaboradores de la Empresa que infrinjan esta Política serán sujetos de aplicación de medidas disciplinarias (incluida la terminación laboral) de conformidad con la legislación aplicable o la política corporativa correspondiente.

El incumplimiento de esta Política por parte del Personal de la Empresa puede exponer a Petricore a una contingencia, real o potencial, poniendo en grave riesgo sus operaciones y reputación. Todo el Personal de la Empresa debe de estar informado y ser consciente que el incumplimiento a esta Política, o a la legislación aplicable, según sea el caso (la “Normatividad Aplicable”) puede llevar aparejada la aplicación individual de sanciones de naturaleza civil y penal, con efectos económicos negativos y posibles penas de prisión.

II. Principios

El Personal de Petricore deberá de realizar sus actividades en pleno cumplimiento de esta Política y de toda la Normatividad Aplicable en materia anticorrupción, incluyendo de manera enunciativa pero no limitativa, la Ley Antisoborno del Reino Unido (“UK Bribery Act”) y la Ley de Estados Unidos de Prácticas Corruptas en el Extranjero (Foreign Corrupt Practices Act o “FCPA”).

En virtud de lo anterior, esta Política prohíbe a todos y cada uno de los miembros de su Personal, lo siguiente:

  1. Ofrecer, prometer o dar, directa o indirectamente, cualquier tipo de Soborno[1] a Funcionarios Públicos[2] o terceros (colectivamente “Terceros”) con el fin de obtener o conservar una ventaja comercial;
  2. Ofrecer, prometer o dar, directa o indirectamente, cualquier tipo de soborno, incentivos, gratificaciones, compensaciones, ayudas o apoyos a Funcionarios Públicos, en vista de su empleo o cargo público;
  3. Aceptar o recibir, directa o indirectamente, cualquier tipo de Soborno, incentivos, gratificaciones, compensaciones, ayudas o apoyos de Terceros, con el fin de obtener beneficios de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
  4. Ofrecer pagos, ya sea monetarios o en especie, para obtener o asegurar un negocio, facilitar, agilizar, priorizar, posibilitar o de cualquier manera favorecer, trámites de carácter administrativo, judicial o gubernamental, entre otros;
  5. Ofrecer o aceptar cualquier tipo de dádiva, regalos, obsequios o beneficios a Funcionarios Públicos contraviniendo lo señalado en esta Política, sin importar que dicho ofrecimiento esté relacionado, directa o indirectamente, con los intereses de Petricore;
  6. Realizar, o tener la intención de realizar, en nombre de Petricore, cualquier tipo de donación, pago o contribución, entre otros, con fines políticos o judiciales;
  7. Obtener un trato preferencial o de favoritismo para trámites administrativos o gubernamentales a través de cualquier tipo de donación, pago o contribución, entre otros;
  8. El incumplimiento a la Normatividad Aplicable en materia de corrupción y soborno, así como aquellos relacionados con adquisiciones o concursos públicos;
  9. La celebración de actos u operaciones con terceros, ya sea una Autoridad[3], Funcionarios Públicos o particulares, sin llevar a cabo una debida diligencia o incumplimiento la normatividad en materia de lavado de dinero y conflictos de interés.
  10. La celebración de actos u operaciones con terceros particulares que se encuentren impedidos para entablar relaciones de negocio con la Autoridad.

III. Sobornos

El Soborno es un tipo de corrupción, es una ventaja que se ofrece, se entrega, se autoriza, solicita o recibe como estímulo o premio para cometer una acción ilegal, poco ética o que implica un abuso de confianza.

Petricore, y los miembros de su Personal, tienen prohibido el pago de cualquier tipo de Soborno, ya sea directa o indirectamente, mediante la participación de terceros, frente a cualquier Autoridad o particular, incluyendo, de manera enunciativa más no limitativa, clientes o clientes potenciales, Funcionarios Públicos, partidos políticos, asociaciones o agrupaciones políticas de cualquier tipo, políticos o candidatos a cargos políticos, o intermediarios de cualquier tipo, tales como agentes, abogados, consultores o contadores.

Lo anterior, con la finalidad de influir de manera ilegal en la toma de decisiones o en la celebración de actos con o entre los mismos, así como la obtención de ventajas en favor de Petricore para cualquier negocio.

Los siguientes, son ejemplos que se enlistan de forma enunciativa más no limitativa de actos u omisiones que podrían llegar a ser considerados como un Soborno bajo la presente Política:

  1. Pagar por el viaje de un Funcionario Público y/o de sus familiares a cambio de acceso a información de licitaciones u ofertas antes de que esta información sea pública;
  2. Ofrecer dinero en efectivo a un Funcionario Público para influir en una decisión de este con respecto a la adjudicación de un contrato;
  3. Contratar al familiar de un socio comercial (actual o posible) para influir en la decisión del socio con relación a su decisión de participar de manera conjunta en algún negocio del interés Petricore;
  4. Dar un regalo a un inspector público con el propósito de inducir al inspector a ignorar su obligación de inspeccionar las instalaciones de Petricore; y
  5. Pagar en exceso con conocimiento e intención por servicios de una empresa vinculada con un cliente (actual o potencial) para inducir a este último a hacer negocios con Petricore.

El Personal de Petricore tiene igualmente prohibido proporcionar o recibir regalos, comidas, actividades de entretenimiento o cualquier bien de valor procedente de cualquier persona o entidad en relación con los negocios de la empresa, a menos que se haya facilitado o recibido de acuerdo con esta Política o el Código de Ética y Conducta de Petricore.

IV. Extorsión

En Petricore nos comprometemos a prohibir y denunciar cualquier tipo de extorsión[4], mismas que consideramos como la exigencia de un soborno o pago, acompañado o no de una amenaza ante la negativa a proporcionar lo exigido.

El Personal de Petricore rechazará cualquier solicitud directa o indirecta de extorsión. No obstante, en cualquier caso de presencia o incluso de presunción de extorsión, el Personal deberá de comunicarlo de forma inmediata a las Gerencias de Recursos Humanos y Jurídica a través del correo electrónico integrity@petricore.com.

V. Compras y Contrataciones

Petricore realiza procesos de contratación justos y transparentes, por lo que todo su Personal debe asegurarse que todas las transacciones se documenten, autoricen y registren conforme a la presente Política y Normatividad Aplicable.

Cualquier decisión de compra y contratación deberá basarse en el mejor valor esperado, considerando los méritos del precio, la calidad, desempeño, competencia, cumplimiento y adecuación (incluidos los criterios de sustentabilidad). Se prohíbe al Personal de la Empresa solicitar o aceptar cualquier ventaja financiera o de otro tipo, como incentivo o recompensa por su desempeño en relación con decisiones de compra o contratación.

VI. Obsequios

Petricore compite y gana oportunidades de negocio a través de la calidad de su Personal y la de sus servicios, y nunca a través de la entrega de obsequios.

La entrega de obsequios a Funcionarios Públicos o terceros, que tengan el poder de decidir o influir en las actividades comerciales de Petricore, por regla general está prohibida, salvo que los obsequios se traten de artículos portadores de la marca Petricore, o que tengan un valor nominal[5] o, en su caso, que los obsequios cumplan con las siguientes disposiciones:

  1. Que el obsequio no se trate de dinero en efectivo ni su equivalente en efectivo (p. ej., tarjetas de regalo o tarjetas para canjear en tiendas);
  2. Que el obsequio está permitido tanto por la legislación local como por las políticas del empleador del destinatario del obsequio;
  3. Que el obsequio se presenta abiertamente y con total transparencia;
  4. Que el obsequio se da en nombre de Petricore, y no en nombre de una persona particular;
  5. Que el obsequio se registra correctamente en los libros y registros contables de la Empresa; y
  6. Que el obsequio se proporciona como muestra de estima, cortesía o a cambio de hospitalidad y en cumplimiento de las costumbres locales.

Las presentes disposiciones se aplican incluso si el Personal de la Empresa no busca el reembolso de los gastos, es decir, que alguien pague de su propio bolsillo estos gastos por obsequios a terceros, no le exime de tener que cumplir con esta Política.

El Personal de la Empresa no debe aceptar ningún obsequio, gratificación u otros favores, ni permitir que ningún miembro de su familia inmediata lo haga, de ningún cliente, proveedor u otro tercero que haga o pretenda hacer negocios con la Empresa, salvo aquellos obsequios que tengan un valor nominal. Cualquier obsequio que no tenga valor nominal tendrá que devolverse inmediatamente a su remitente, dejando constancia de su devolución a la Gerencia de Recursos Humanos. Si la devolución inmediata del obsequio no es posible, deberá de entregarse a la Gerencia de Recursos Humanos para su rifa entre el Personal de Petricore o donación benéfica, según convenga. La Gerencia de Recursos Humanos deberá mantener un registro de aquellos obsequios que se hayan devuelto, así como de los que no pudieron devolverse de manera inmediata, en el que se incluya una descripción precisa de dichos obsequios.

El Personal de la Empresa que reciba invitaciones para asistir a conferencias, talleres, simposios, presentaciones, foros o eventos públicos organizados y patrocinados por terceros que estén relacionados con las actividades que desarrolla la Empresa, no serán consideradas para efecto de esta Política como un obsequio, siempre que dicha invitación no tenga por objeto influir indebidamente en las decisiones de quien lo recibe o crear una obligación comercial o pudiera percibirse como un intento para influir indebidamente en tales decisiones o crear ese tipo de obligación o en su caso, configure un posible conflicto de intereses.

VII. Comidas, Entretenimiento y Viajes

El sentido común y la moderación deben prevalecer en las invitaciones o aceptaciones de invitación de comidas de negocios y de entretenimientos, así como en el pago de los gastos de viajes y alojamientos de Funcionarios Públicos o terceros en nombre de Petricore.

Por regla general, el Personal de Petricore podrá pagar o aceptar comidas de negocios, entretenimientos o viajes y alojamientos a o de cualquier persona que mantenga relación de negocio o comercial con la Empresa, solo si estos tipos de gastos son poco frecuentes, modestos, no se contravengan disposiciones jurídicas o administrativas que regulen el servicio público, cuando resulte aplicable y están destinados a cumplir objetivos comerciales legítimos.

Las comidas, entretenimientos y viajes nunca deben ofrecerse ni aceptarse como medio para influir en la decisión comercial de ninguna persona. Cada uno de ellos solo debe ofrecerse o aceptarse si es apropiado, razonable para fines promocionales, ofrecido o aceptado en el transcurso normal de una relación comercial existente, y si el tema principal de la discusión o el propósito es el propio negocio. La idoneidad de un tipo particular de comida, entretenimiento y viaje depende tanto de la razonabilidad del gasto como del tipo de actividad implicada. Esto se determina en función de si el gasto es sensible y proporcional a la naturaleza de la persona implicada. El entretenimiento para adultos está estrictamente prohibido. No podrá incurrirse en gastos de comidas, entretenimientos y viajes para Funcionarios Públicos que tengan la facultad de decidir o influir en las actividades comerciales de la Empresa, sin la aprobación por escrito del CEO de Petricore, previa consulta y recomendación de las Gerencias de Recursos Humanos y Jurídica de la Empresa.

En todas las comidas, entretenimiento y viajes, la solicitud de reembolso deberá identificar el número total de asistentes y sus nombres, así como el empleador y los cargos (en la medida de lo posible). Todos los reembolsos de gastos deberán estar respaldados por recibos, y los gastos y aprobaciones deben registrarse de forma precisa y completa en los registros de la Empresa conforme a la política interna de gastos de Petricore.

Las presentes disposiciones se aplican incluso si el Personal de la Empresa no busca el reembolso de los gastos, es decir, que alguien pague de su propio bolsillo estos gastos no le exime de tener que cumplir con esta Política.

Cualquier gasto en el que se incurra por comidas, entretenimiento o viajes, ofrecido o aceptado por un tercero, que no sea coherente con los requisitos descritos anteriormente, deberá contar con la aprobación por escrito del CEO de Petricore y la Gerencia de Finanzas, previa consulta y recomendación de las Gerencias de Recursos Humanos y Jurídica.

Las comidas, entretenimiento y viajes que se proporcionen en las relaciones comerciales en las que el Personal de la Empresa no esté presente, se considerarán obsequios absolutamente excepcionales, y como tales serán aprobados de forma expresa por el CEO de Petricore y la Gerencia de Finanzas, previa consulta y recomendación con las Gerencias de Recursos Humanos y Jurídica de la Empresa y estarán sujetos a las normas y requisitos para obsequios especificados en esta Política. En caso de duda sobre cualquiera de los requisitos descritos anteriormente, el Personal de la Empresa deberá enviar su consulta a través de la siguiente dirección de correo electrónico: integrity@petricore.com.

VIII. Empleo a Funcionarios Públicos o Socios Comerciales

Esta Política prohíbe la contratación de un Funcionario Público, un socio comercial de la Empresa o sus familiares, con la finalidad de obtener una ventaja o recompensa indebida, o influir en una decisión a favor de la Empresa.

En caso de que la Empresa entreviste a un candidato que tenga relación con un Funcionario Público o socio comercial, deberá notificarse a la Gerencias de Recursos Humanos y Jurídica, la relación del candidato con el Funcionario Público o el socio comercial de la Empresa, y cualquier oferta de empleo deberá de contar con la aprobación previa y por escrito del CEO de Petricore.

Las Gerencias de Recursos Humanos y Jurídica evaluarán la candidatura a partir de los siguientes criterios, y documentarán por escrito los fundamentos de su decisión:

  1. Las circunstancias que rodean la contratación de la persona no dan lugar a la apariencia de ninguna irregularidad.
  2. No se contrata a la persona para prestar servicios que entren en conflicto con sus obligaciones oficiales actuales.
  3. La persona está, objetiva e incuestionablemente, calificada en términos de educación, formación y experiencia para realizar las tareas para las que está siendo contratada.
  4. No se espera que la persona sea contratada por la Empresa a cambio de ninguna acción indebida o ventaja comercial por parte de la Autoridad.
  5. La Empresa no tiene pendiente, en este momento, ninguna decisión oficial ante el socio comercial o Funcionario Público, ni ante la dependencia gubernamental al que pertenece, desde el momento en que la persona llegó a la atención de la Empresa como candidato y hasta el momento en que fue contratada formalmente.
  6. El salario o los honorarios son razonables y coherentes con el trabajo que se realizará y las credenciales profesionales de la persona.
  7. Se pondrán en práctica barreras éticas apropiadas, que se supervisarán oportunamente, para garantizar que la persona no interactúe en asuntos que puedan afectar a los negocios de la Empresa con el socio comercial o Funcionario Público que la derivó, tales como la declaración de conflictos de interés.

IX. Donaciones y Campañas Políticas

La Empresa permite donaciones razonables a organizaciones benéficas, así como aquellas que estén relacionadas con los programas de responsabilidad social de nuestros clientes que tienen por objeto impulsar el desarrollo sustentable comunitario. Sin embargo, es consciente del riesgo que supone la realización indebida de donaciones y patrocinios que pueden ser interpretadas como mecanismos para realizar pagos o contribuciones con el objeto indebido de obtener o conservar negocios o para obtener una ventaja comercial indebida.

En este sentido, la Empresa debe asegurarse de que las donaciones no disfracen pagos ilegales a Funcionarios Públicos o a cualquier Autoridad en violación a esta Política. De igual manera, la Empresa y su Personal también debe asegurarse de que el acto de beneficio social o ambiental en cuestión no actúa como un conducto para financiar actividades ilegales en violación de las leyes contra el blanqueo de capitales o de financiación del terrorismo y demás Normatividad Aplicable, y que dicha donación se realice conforme a lo establecido en esta Política.

La persona del Personal de la Empresa que esté considerando llevar a cabo una donación o una actividad de patrocinio deberá consultar con las Gerencias de Recursos Humanos y Jurídica si tiene cualquier preocupación o duda acerca de su idoneidad. En caso de que la donación o contribución benéfica se encuentre relacionada con un Funcionario Público o Autoridad, se deberá realizar con la aprobación previa de las Gerencias de Recursos Humanos y Jurídica.

En los eventos, en los que exista un mayor riesgo de corrupción, la Gerencia Jurídica podrá solicitar que se lleve a cabo un proceso de debida diligencia.

Por otro lado, queda estrictamente prohibido realizar cualquier pago, donación o contribución en favor de un político, un partido político, una asociación o agrupación con fines políticos de manera directa o indirecta por el Personal de la Empresa, con la finalidad de generar un beneficio a la Empresa.

La presente Política no prohíbe ni limita que el Personal de la Empresa realice contribuciones de índole política de forma voluntaria y personal, que participe en el proceso político en su tiempo libre y por su cuenta, y que exprese sus puntos de vista personales sobre asuntos legislativos o políticos, o que de otro modo, participe personalmente en actividades políticas.

X. Relaciones con Terceros

La Normatividad Aplicable en materia anticorrupción prohíbe los pagos indirectos, incluidos aquellos realizados a través de un tercero, a sabiendas o con motivos para creer que el pago o una parte del mismo se entregará a un Funcionario Público con un fin indebido. Por lo tanto, el Personal de la Empresa debe evitar situaciones que impliquen a terceros que pudieran conducir a una infracción de esta Política.

En aquellas circunstancias en las que las relaciones con terceras partes sean necesarias para el ámbito profesional, el Personal de la Empresa debe elegir a sus agentes, consultores, socios, proveedores o representantes con la debida diligencia de acuerdo con las políticas internas de Petricore establecidas y demás Normatividad Aplicable. El Personal de la Empresa debe llevar a cabo el proceso de debida diligencia de acuerdo con las políticas internas de Petricore y los procedimientos aplicables.

Con relación a posibles transacciones comerciales – p.ej. un convenio de colaboración, alianza, participación conjunta, prestación de servicios u otras relaciones comerciales significativas – la Gerencia Jurídica deberá de asegurarse, hasta donde sea posible, de que se aplique la debida diligencia de anticorrupción apropiada y que los controles de cumplimiento anticorrupción sean implementados tras la transacción. Entre los controles de cumplimiento anticorrupción que se podrán aplicar, se encuentran de manera enunciativa pero no limitativa: i) la aplicación de la debida diligencia y llenado del formulario Know Your Client (KYC), ii) la inclusión de disposiciones de cumplimiento en materia de anticorrupción en el contrato correspondiente a celebrar con el tercero, iii) la manifestación por escrito del tercero que conoce nuestra Política y que no ha infringido ni infringirá la misma, así como la Normatividad Aplicable durante el transcurso de su negocio con la Empresa, iv) la supervisión de los servicios prestados y la contraprestación pagada al tercero durante la relación contractual, y v) mediante la aplicación de auditorías.

Además, una vez que se contrate a un tercero, el Personal de la Empresa que trate con este debe estar siempre al tanto de posibles señales de alerta. Las señales de alerta son determinadas acciones o hechos que deben alertar a una empresa de que existe una alta posibilidad de conducta indebida por parte de un tercero. Una señal de alerta no significa que algo ilegal haya sucedido, sino que es necesaria más investigación. Las banderas rojas dependen, en gran medida, de los hechos; algunos ejemplos de banderas rojas son:

  1. Solicitudes de pago inusuales o excesivas, como solicitudes de sobrefacturación, pagos por adelantado, pagos mal definidos o de última hora, comisiones inusuales o pagos compensatorios inesperados;
  2. Solicitudes de pagos a una cuenta en un país distinto del país donde el tercero está ubicado o desde donde trabaja en nombre de la Empresa;
  3. Solicitudes de pago a otro tercero, a una cuenta numerada, o en efectivo u otros fondos no rastreables;
  4. Solicitudes de contribuciones políticas o benéficas;
  5. Casos en los que el tercero está relacionado con un Funcionario Público o tiene una relación personal o comercial cercana con un Funcionario Público;
  6. Cualquier rechazo o duda por parte del tercero a revelar sus propietarios, socios o directores;
  7. Si el tercero utiliza sociedades de cartera u otros métodos para ocultar su propiedad, sin justificación comercial adecuada;
  8. Cuando el tercero exprese un deseo de mantener en secreto su representación de la Empresa o las condiciones de la relación contractual; o
  9. Si el tercero tiene poca experiencia en el sector, pero afirma “conocer a las personas adecuadas”. Si el Personal de la Empresa tiene motivos para sospechar que un tercero está participando en una conducta potencialmente inapropiada, deberá informar del caso inmediatamente a la Gerencia de Recursos Humanos y Jurídica a través del correo electrónico integrity@petricore.com.

El Personal y las empresas que forman parte de Petricore no pueden establecer una relación con un tercero sino hasta que hayan presentado a la Gerencia Jurídica el formulario de (KYC) del tercero debidamente llenado. El procedimiento de debida diligencia y el formulario de KYC estarán disponibles en el Sistema de Gestión Integral, y podrán ser actualizados o modificados de tiempo en tiempo por la Gerencia Jurídica.

XI. Registros y Controles Internos

Esta Política requiere que todos los gastos en los que incurra la Empresa se reflejen con exactitud en sus registros financieros, en cumplimiento de todas las normas, principios, leyes y prácticas aplicables a la contabilidad e informes financieros, y que se autorice debidamente todos los pagos realizados con fondos de la Empresa, o en nombre de esta.

El Personal de la Empresa debe ser exhaustivo al preparar todos los informes y registros requeridos por la dirección. En particular, el Personal de la Empresa debe asegurarse de que no se realice ningún pago para ningún fin que no sea el descrito de forma completa y precisa en los libros y registros de la Empresa. El Personal de la Empresa debe hacer todo lo posible para garantizar que todas las transacciones, disposiciones y pagos que involucren fondos o activos de la Empresa se registren de forma adecuada y precisa en los registros financieros de la Empresa.

No se establecerán cuentas no reveladas o no registradas para ningún fin. No deben consignarse entradas falsas o artificiales en los libros y registros de la Empresa por ningún motivo. Por último, no deben utilizarse fondos personales para lograr lo que de otro modo está prohibido por esta Política. La Empresa llevará a cabo auditorías periódicas de sus libros y registros para supervisar el cumplimiento de esta Política.

XII. Capacitación

La capacitación y difusión de la Normatividad Aplicable y de la presente Política se realizarán mediante el plan de capacitación que contemple, cuando menos, lo siguiente (en adelante, el "Plan de Capacitación"):

  1. Cursos, al menos una vez al año, dirigidos especialmente a los directivos, así como a los funcionarios, empleados y apoderados de Petricore.
  2. Difusión a través de correo electrónico y/o de manera impresa, de la Normatividad Aplicable y de la presente Política, incluyendo sus modificaciones.

El propósito del Plan de Capacitación es informar a los empleados, funcionarios y directivos de Petricore sobre la presente Política y demás Normatividad Aplicable, incluyendo cualquiera que sea elaborada por Petricore, y capacitar a su Personal, a través de cursos, para que cuenten con las herramientas para prevenir que Petricore incurra o pudiera llegar a incurrir en prácticas de corrupción y/o soborno.

XIII. Programas de Cumplimiento

Para dar cumplimiento al objetivo de prevenir y detectar los actos, omisiones, hechos u operaciones que favorezcan o que pudieran favorecer, de cualquier manera, la práctica de los delitos de corrupción y soborno por parte de Petricore y el Personal, Petricore implementará controles internos y programas de cumplimiento, contando con el apoyo y compromiso, explícito y visible del Consejo de Administración, y directivos, con las siguientes características:

  1. Los controles internos y programas de cumplimiento para la detección y prevención de la corrupción contemplarán, entre otros, el gasto y registro contable de:
  1. Regalos y obsequios,
  2. Gastos de representación,
  3. Gastos de viaje, y
  4. Contratación de proveedores.
  1. Los controles internos y programas de cumplimiento deberán aplicarse a terceras partes, tales como agentes y otros intermediarios, consultores, representantes, contratistas, proveedores y asociados de negocios, dentro los contratos que se celebren, en especial para los contratos que se celebren con terceras partes que puedan tener trato con Funcionarios Públicos, partidos o candidatos políticos.
  2. El control de la contabilidad interna deberá proporcionar seguridad razonable de que los libros, registros y cuentas sean correctos y precisos y de que no pueden ser utilizados con el propósito de realizar o esconder actos de corrupción. Nadie deberá́ eludir el sistema de controles de contabilidad interna o dejar de implantarlo, ni falsificar ningún libro, registro ni cuenta.

XIV. Canal de Denuncia

La Empresa se toma muy en serio su compromiso con el cumplimiento anticorrupción y espera que todo el Personal de la Empresa comparta ese compromiso. Por lo tanto, la Empresa exige que todo el Personal de la Empresa que tenga conocimiento o motivos para sospechar de cualquier infracción de esta Política o de la Normatividad Aplicable, se ponga en contacto con las Gerencias de Recursos Humanos y Jurídica inmediatamente a través de la dirección de correo electrónico integrity@petricore.com. Si algún miembro del Personal de la Empresa no informa de infracciones conocidas o sospechadas, podrá quedar sujeto a aplicación de medidas disciplinarias, que pueden incluir la terminación de la relación laboral. La Empresa tiene un firme compromiso con el principio de no represalias contra ningún miembro del Personal de la Empresa por haber informado, honestamente y de buena fe, sobre una infracción o sospecha de infracción de la ley o normatividad aplicable en materia anticorrupción o de esta Política.

Para efecto del sistema integral de denuncias, habrá un Comité Investigador integrado conforme al procedimiento de atención de denuncias.

Toda denuncia tendrá su debido seguimiento, conforme a lo siguiente:

  • Las denuncias serán recibidas por medio del correo electrónico integrity@petricore.com.
  • Se abrirá un folio o número de denuncia por cada una de las denuncias que se reciba, salvo aquellas que sean para un mismo hecho y/o acto, las cuáles serán atendidas de forma conjunta.
  • Cada denuncia será clasificada conforme a su relevancia, la cual podrá ser alta, media o baja. Las denuncias altas tendrán prioridad de seguimiento.
  • El Comité Investigador revisará y recabará toda la información necesaria para confirmar y/o comprobar la veracidad de los hechos denunciados y tomar las consecuencias que considere pertinente.
  • Se mantendrá en todo momento la confidencialidad e identidad del denunciante sobre la posible violación. De igual forma, nadie será despedido, degradado, suspendido, acosado o discriminado por denunciar honestamente y de buena fe una posible violación a la Política.
  • En los casos en los que se tengan pruebas fehacientes sobre algún hecho denunciado, el Comité Investigador notificará a las Gerencias de Recursos Humanos y Jurídica de la Empresa.
  • Cuando existiera un conflicto de interés en la denuncia entre los integrantes del Comité Investigador y el caso, se le dará a conocer al Comité Investigador, y el miembro en cuestión no podrá votar.

[1] "Soborno”: significa ofrecer, prometer, dar, aceptar o solicitar ventajas como incentivo para cometer una acción ilegal, poco ética o que implica un abuso de confianza. Los incentivos pueden ser: dinero, obsequios, préstamos, comisiones, recompensas y otros (servicios, donaciones, favores).
[2] Funcionario Público”; significa cualquier funcionario o empleado de un gobierno o de una empresa o entidad pública, cualquier funcionario o empleado de una agencia del gobierno, empresa productiva del Estado o autoridad reguladora, cualquier candidato político o funcionario de un partido político, cualquier funcionario o empleado de una organización internacional pública, o cualquier persona que actúe oficialmente para o en nombre de cualquiera de los anteriores, incluyendo, asimismo, a los miembros de su familia hasta tercer grado de consanguinidad o relación afectiva equivalente.
[3] Autoridad”; significa cualquier autoridad de gobierno, ya sea municipal, estatal o federal, así como cualquier organismo descentralizado, empresa de participación estatal, empresa productiva del Estado, y autoridades de las ramas legislativas, judiciales y ejecutivas.
[4] La extorsión, considerada como un delito de alto impacto, la comete quien sin derecho obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, para obtener un beneficio para sí o para otro, o causando a alguien un perjuicio.
[5] Los obsequios de valor nominal son artículos de un valor monetario “pequeño” o “insignificante” (p. ej., bolígrafos, cuadernos, calendarios, tazas, plantas pequeñas, entre otros)
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